Los seguros sociales son un conjunto de coberturas que poseen todos los trabajadores. Se abonan a un organismo denominado Seguridad Social todos los meses y su objetivo es mantener el estado del bienestar.
Por tanto, siempre que se contrata a un trabajador, hay que prever el bono de dichos seguros. Pero ¿a cuánto ascienden? Aquí vamos a dar respuesta a esa pregunta con el propósito de explicarte el precio de contar con un empleado en plantilla.
¿Cuánto paga por un trabajador una empresa a la Seguridad Social?
Suele decirse que, de forma aproximada, el empresario tiene que dedicar en torno al 30 % del salario bruto del trabajador a abonar el importe de sus seguros sociales. Por tanto, si el sueldo es de 20.000 € al año, su cuantía para la organización ascenderá a 26.000 €, más o menos.
Ahora bien, ¿Qué aspectos se engloban en esos seguros sociales? Vamos a verlos.
La cotización por contingencias comunes
Las contingencias comunes son aquellas que puede sufrir cualquier trabajador sin que exista relación con el desarrollo de su actividad profesional en la empresa. Sería el caso, por ejemplo, del contagio de una gripe o del proceso de recuperación de una intervención quirúrgica.
Aquí se engloban, además, las bajas por paternidad y maternidad, incluyendo las incapacidades derivadas de los embarazos de riesgo. También la jubilación y cualquier tipo de accidente no laboral, como podría ser una fractura jugando al fútbol con los amigos.
Este tipo de contingencias son las más importantes a nivel económico para la empresa. ¿El motivo? Cotizan un 23,6 % del salario bruto.
La cotización por enfermedades profesionales y accidentes de trabajo
En este caso, no podemos dar un porcentaje exacto del salario bruto del trabajador, ya que depende de las tablas de cotización de su actividad. Por ejemplo, en el caso de los camioneros y profesionales de la construcción, se sitúa en el 6,7 %. En cambio, en el de los trabajadores de oficina, es de solo un 1,5 %.
Evidentemente, el riesgo de sufrir un accidente laboral o una enfermedad profesional no es el mismo si hablamos de un albañil que de un administrativo, de ahí la diferencia. En cualquier caso, esta cotización de la seguridad social trata de cubrir los posibles problemas de salud derivados directamente de la actividad desarrollada por el trabajador para su empresa.
La cotización por formación
Es del 0,6 % del salario bruto del trabajador. Piensa que, en caso de quedar en situación de desempleo por culpa de un despido o la finalización de la vigencia de su contrato, puede necesitar ahondar en su profesión o reciclarse. El propósito de esta cotización es cubrir los gastos derivados de esos cursos, que en muchos casos son ofrecidos por el SEPE.
La cotización por desempleo
La empresa ha de depositar un porcentaje del salario bruto del trabajador con el propósito de que, si lo despide o no le renueva el contrato, pueda recurrir a la prestación por desempleo hasta que encuentre un nuevo empleo. En concreto, el porcentaje a aplicar es del 5,5 % en el caso de los contratos indefinidos y del 6,7 % en el de los contratos de duración determinada.
La cotización al FOGASA
Es decir, al Fondo de Garantía Salarial. Este organismo, que es autónomo pero se encuentra adscrito al Ministerio de Trabajo, garantiza a los trabajadores por cuenta ajena la percepción de las indemnizaciones por despido y los salarios adeudados en caso de que la empresa se declare insolvente o entre en un procedimiento concursal. Supone un 0,2 % del salario bruto.
¿Cuánto le cuesta un trabajador a una empresa? Un ejemplo para entenderlo mejor
Es posible que andes un poco perdido entre tanto concepto y porcentaje. No te preocupes, aquí vamos a exponer un ejemplo práctico que seguro que te resulta muy útil para entenderlo todo más fácilmente.
Vamos a imaginar que tienes un administrativo en plantilla con un sueldo de 2000 € brutos mensuales. En este caso, las tributaciones a la Seguridad Social que tendrías que hacer son las siguientes:
- Contingencias comunes (23,6 %). 472 €.
- Contingencias profesionales (1,50 %, ya que hablamos de un oficinista). 30 €.
- Formación (0,6 %). 12 €.
- Desempleo (5,5 %, ya que lo has hecho indefinido). 110 €.
- FOGASA (0,2 %). 4 €.
En total, el resultado es de 628 € mensuales. Sin embargo, no basta con sumar esa cifra a los 2000 € de salario. ¿El motivo? El trabajador también tiene que hacer frente al pago de un porcentaje de sus cotizaciones. En concreto:
- Contingencias comunes (4,7 %). 94 €.
- Formación (0,1 %). 2 €.
- Desempleo (1,55 %). 31 €.
- IRPF (2 %, por poner un ejemplo). 40 €
La suma de todos estos pagos es de 167 €. Una cifra que debe ser restada al salario bruto mensual. La fórmula a aplicar sería:
- Coste del trabajador = (salario bruto mensual – cotizaciones del trabajador) + cotizaciones de la empresa.
Por tanto, si usamos este ejemplo, a la empresa le supondría cada mes un desembolso de 2461 € mantener ese trabajador en plantilla.
Otras cuestiones a tener en cuenta
Evidentemente, este es solo un ejemplo y, como tal, está bastante simplificado. No olvidemos que su objetivo es que te hagas una idea acerca de cómo calcular el coste de un trabajador para tu empresa una vez que le sumas el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social. Pero ¿qué pasa con las horas extras y los complementos salariales? Presta atención.
Las horas extraordinarias
Vamos a empezar hablando de las horas extras. Actualmente, dada la flexibilidad laboral que define al mercado, son cada vez más habituales. De hecho, su falta de pago llevó al Gobierno de España a publicar el Real Decreto Ley 8/2019, cuyo objetivo es luchar contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo y asegurar la protección social de los empleados.
Según este texto legal y con base en el Estatuto de los Trabajadores, las horas extraordinarias cotizan de igual modo que cualquier hora perteneciente a la jornada laboral. Esto es así con la excepción de que se trate de horas extraordinarias de fuerza mayor. Este término hace referencia al tiempo trabajado con motivo de prevenir y reparar siniestros de forma urgente que puedan suponer graves daños para la organización.
En caso de que hablemos de horas extraordinarias de fuerza mayor, la tributación a la Seguridad Social por contingencias comunes no será del 23,6 %, sino del 12 %.
Los complementos salariales
Este caso es bastante más complejo, ya que no todos los complementos contemplados en el salario del trabajador están sujetos a cotización. Sería el caso, por ejemplo, de los gastos de locomoción cuando se abonan con el propósito de compensar al trabajador por tener que desplazarse fuera de su centro de trabajo. También de las dietas y suplementos de comida.. Lo mismo sucede con las indemnizaciones por traslados, por ejemplo.
En definitiva, la flexibilidad laboral que caracteriza al mercado de trabajo actual, unida a las necesidades específicas de la mayoría de empresas, han hecho que calcular las cotizaciones por seguros sociales cada vez resulte más complicado. Sin embargo, estamos seguros de que, a partir de los datos que acabamos de ofrecer aquí, podrás hacerte una idea bastante cercana a la realidad sobre cuánto exactamente te costará contratar a un trabajador. En cualquier caso, si tienes dudas, los servicios de un gestor te vendrán como anillo al dedo.